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¿Sociedad de gananciales en la pareja de hecho?

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En Galicia sí . Y usufructo viudal en caso de fallecimiento. La Ley de Derecho Civil de Galicia es de aplicación a todos los gallegos, entendidos por tales todos los que con arreglo a las disposiciones del Código Civil tengan la vecindad civil gallega; esto es, los nacidos de padres gallegos o los residentes en Galicia