MATRIMONIAL Y PAREJAS

MATRIMONIAL Y PAREJAS DE HECHO
  • Tramitación de expediente matrimonial e inscripción en el Registro Autonómico de parejas de hecho.
  • Asesoramiento en capitulaciones previas al matrimonio (pactos relativos al régimen económico del matrimonio y/o régimen de separación de bienes; y pactos relativos a los efectos de la disolución del matrimonio o del fin de la convivencia en las uniones de hecho)
  • Asesoramiento y tramitación completa de los procedimientos de separación, divorcio y medidas en cuanto a parejas de hecho.
  • Asesoramiento completo para la elaboración de propuesta de convenio regulador de separación, divorcio o medidas de mutuo acuerdo, en cuanto a:
  • Adjudicación de vivienda familiar (ganancial o en proindiviso), tanto en supuestos de custodia única como de custodia compartida: reparto de cargas de la vivienda, tales como cuota hipotecaria, gastos ordinarios, cargas fiscales, mantenimiento del inmuebles y otras.
  • Régimen de visitas: para progenitores residentes en el mismo o distinto municipio. Reconocimiento de derecho de visitas a menores por parte de ascendientes en línea recta (abuelos), o colaterales: con solicitud de intervención del equipo psico-social del Juzgado de Familia, de ser ello necesario, o con determinación de “punto de encuentro”.
  • Determinación de la pensión de alimentos a abonar o percibir.
  • Determinación de pensión compensatoria a abonar o percibir. 
  • Liquidación del régimen económico matrimonial y/o en proindiviso: en el supuesto de que no exista acuerdo entre las partes en cuanto a la valoración de los bienes, nos ocupamos de su valoración (única, o con valoración dirimente).
  • Tramitación integral (incluyendo los anteriores aspectos) en supuestos de intervención del Juzgado para Violencia sobre la mujer.
  • Ejecución de Sentencias en el orden matrimonial para el cumplimiento de la obligación de abono de pensión de alimentos, compensatoria, régimen de visitas y demás medidas acordadas.
  • Modificación de las Medidas ya adoptadas en procedimiento previo o mediante convenio regulador precedente.
  • Actualización del importe de las pensiones….
  • Impago de pensiones de alimentos (el impago de la pensión de alimentos establecida a favor de los hijos, está tipificada como delito para el supuesto de impago de dos meses consecutivos o tres alternos, llevando aparejada siempre la pena el abono de las mensualidades pendientes).
  • Ejecución de condenas pecuniarias ( incluyendo el embargo de bienes previa su localización con la asistencia del Punto Neutro Judicial – localización de bienes susceptibles de embargo: cuentas corrientes, inmuebles, registro de bienes muebles, devoluciones tributarias o cualquier otro derecho o expectativa de derecho). 

Entradas populares de este blog

¿Mayoría de edad o independencia económica de mis hijos? ¿Hasta cuándo sin mi piso?

¡Mi coche se ha inundado en la calle! ¿a quién le reclamo?

¿Mi piso privativo será tu piso ganancial?